Un turismo con remolque, ¿tiene permitido circular por un carril adicional?
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Los vehículos que pueden circular por esa vía podrán circular por el carril adicional. Los vehículos que circulen por los arcenes y por dicho carril adicional lo harán a una velocidad máxima de 80 kilómetros hora y a una mínima de 60, o inferior si así estuviera establecido o señalizado, y deberán utilizar, al menos, el alumbrado de corto alcance o de cruce.