¿En algún caso se podrá circular con una luz antiniebla delantera junto con la de posición y sin utilizar el alumbrado de corto alcance o cruce?
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Durante el día y con niebla o circunstancias previstas en la ley, se puede circular con el alumbrado de posición junto con el antiniebla delantero. Si la circulación se efectúa desde el ocaso hasta la salida del sol, debe llevarse junto con el de posición el alumbrado de corto alcance o cruce.