Un turismo, ¿cuándo puede superar la velocidad máxima genérica en 20 km/h.?
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Los turismos y las motocicletas en las vías para automóviles y carreteras convencionales, al adelantar podrán rebasar en 20 km/h la velocidad máxima siempre y cuando el vehículo adelantado, turismo o motocicleta, circule a una velocidad inferior a la máxima genérica de la vía.