Autoescuela Virtual
#2087
En la normativa que regula los tiempos de conducción y descanso, ¿a qué se considera periodo de descanso diario reducido?
A cualquier periodo de descanso de al menos 9 horas, pero inferior a 11 horas.
A un descanso de 9 horas consecutivas, como máximo 3 veces por semana, con necesidad de recuperar las dos horas restantes.
A un descanso de 9 horas consecutivas, como máximo 2 veces por semana, sin necesidad de recuperar las dos horas restantes.
Otra pregunta al azar